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FORMULARIO I-212 ABOGADOS DE EXENCIÓN: SOLICITUD DE PERMISO PARA REAPLICAR

El proceso I-212 puede ser complicado si las personas intentan recuperar la entrada a los Estados Unidos después de ser deportadas o expulsadas de los Estados Unidos por infringir las leyes de inmigración estadounidenses. Esta exención I-212 es de vital importancia como primer paso para solicitar el reingreso legal a los Estados Unidos después de contravenir las leyes de inmigración.

Los abogados de inmigración ayudan a los solicitantes a comprender sus requisitos legales y los guían a través del proceso de solicitud I-212. Los abogados tienen conocimiento de los matices de la ley de inmigración y pueden ayudar a los solicitantes a presentar documentos, declaraciones juradas y otras pruebas legales para respaldar su solicitud de I-212.

Navegar por el laberinto de la ley de inmigración es lo más adecuado para los expertos. Le ayudará a acelerar su proceso de solicitud al eliminar los prolongados seguimientos después de que se reciba su solicitud. Si tiene preguntas sobre qué es el I-212 y si es admisible para la solicitud, le hemos proporcionado algunas respuestas a sus preguntas del I-212.

¿QUÉ ES EL I-212?

La exención I-212 es una solicitud de permiso para volver a solicitar la entrada a los Estados Unidos después de que una persona ha sido deportada o expulsada de los Estados Unidos. El 1-212 en sí no es un permiso para ingresar a los EE. UU. Es simplemente una solicitud para aprobar que un candidato vuelva a solicitar la entrada legal al país después de ser deportado. El 1-212 es técnicamente más una exclusión que una renuncia. Significa que las autoridades de inmigración están dispuestas a 'excluir' las sanciones incurridas por la deportación, como las prohibiciones de diez o veinte años para reingresar una vez aprobado.

No puede volver a ingresar legalmente a los Estados Unidos después de haber sido deportado o expulsado sin antes solicitar permiso para volver a solicitar la entrada a los Estados Unidos a través de su solicitud I-212. Esta solicitud debe presentarse ante el Departamento de Seguridad Nacional y si no lo hace; Es posible que se le prohíba permanentemente ingresar a los Estados Unidos.

Otras exenciones pueden ayudar a los extranjeros a superar las violaciones de inmigración según la ley de inmigración de los Estados Unidos. Aún así, las personas que no sean admisibles según las secciones 212 (a) (9) (A) o 212 (a) (9) (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) tienen la opción de solicitar la exención 1-212. Estas exenciones deben solicitarse fuera de los Estados Unidos y los solicitantes deben permanecer fuera de los EE. UU. Hasta que se les otorgue su I-212 y el permiso para volver a ingresar a los EE. UU. Legalmente.

Las personas que han sido deportadas o expulsadas de los EE. UU. Han violado las leyes de inmigración y se les impide ingresar a los EE. UU. Durante períodos específicos. La duración de esta "prohibición" de reingreso depende de las circunstancias de las personas, la deportación y la duración de su presencia ilegal en el país. El período de prohibición de entrada a los EE. UU. Puede variar entre cinco, diez, veinte años y permanentemente.

¿DÓNDE PRESENTAR SU FORMULARIO I-212?

Es esencial presentar su I-212 en el lugar correcto o puede ser rechazado. Los solicitantes potenciales deben consultar las instrucciones de presentación que el tribunal les haya proporcionado. Hay una sección I-212 en los documentos que proporciona una dirección de presentación directa para dirigir su formulario I-212.

¿CUÁL ES LA TARIFA DE PRESENTACIÓN DE I-212?

La tarifa de presentación del formulario I-212 es actualmente de $ 930, que aumentará a partir del 2 de octubre de 2020 a $ 1,050. Esta tarifa no es reembolsable y es una tarifa para que el servicio gubernamental procese su solicitud. Incluso si su solicitud no tiene éxito, usted es responsable del monto total de las tarifas de procesamiento y no recibirá un reembolso.

Puede utilizar varios métodos para realizar su pago de presentación siempre que todos sus cheques, giros postales y giros bancarios sean pagaderos en USD.

¿CUÁNTO TIEMPO TARDA EN PROCESAR UNA SOLICITUD I-212?

El tiempo de procesamiento no es uniforme en todas las aplicaciones y algunas pueden tardar más que otras en procesarse. Generalmente, la solicitud se procesa en cuatro meses con el USCIS, pero puede demorar más o procesarse más rápidamente en solicitudes individuales. 

¿CUÁLES SON LOS FACTORES QUE IMPIDEN EL REINGRESO DESPUÉS DE LA DEPORTACIÓN/REMOCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS?

  1. Si fue excluido sumariamente de los EE. UU. (Sin un juicio completo) y no tuvo la oportunidad de una audiencia en el tribunal, no se le permitirá regresar a los EE. UU. Durante cinco años. Por ejemplo, si intentó ingresar en un aeropuerto estadounidense y fue enviado de regreso inmediatamente a su país de origen, sería un caso de deportación acelerada. No podrá regresar durante cinco años después de su deportación.

  2. Si fue deportado inmediatamente al llegar a los Estados Unidos, los funcionarios de inmigración le prohibirían regresar a los Estados Unidos durante cinco años.

  3. Si fue deportado de los EE. UU. Después de una audiencia legal en un tribunal de inmigración o salió de los EE. UU. Mientras se emitía una orden de deportación, tiene prohibido regresar a los EE. UU. Durante diez años.

  4. Si ha sido excluido legalmente de los EE. UU. Más de una vez o en múltiples ocasiones, los funcionarios de inmigración le prohibirán regresar a los EE. UU. Durante veinte años; incluso tu intención no era entrar ilegalmente al país.

  5. Si fue acusado de un delito grave agravado, el gobierno le prohibiría regresar por el resto de su vida.

  6. Si intenta volver a ingresar a los EE. UU. Sin derechos legales después de pasar más de un año ilegalmente en los EE. UU. Después del 1 de abril de 1997, y posteriormente abandona los EE. UU., Se le prohibirá permanentemente ingresar a los EE. UU.

  7. Si intenta ingresar ilegalmente a los Estados Unidos después de haber sido deportado, se le prohibirá ingresar a los Estados Unidos de por vida.

¿CÓMO AFECTAN ESTAS REGULACIONES A SU SOLICITUD I-212? 

  • Cuando se le haya prohibido regresar a los EE. UU. Permanentemente, no podrá solicitar un I-212 durante diez años si:

  • Ha estado en los EE. UU. Ilegalmente durante más de un año

  • Hay un registro de deportaciones anteriores a su nombre e intenta ingresar o reingresar a los EE. UU.

¿QUÉ FACTORES AYUDARÁN SU SOLICITUD I-212?

✱ Tiene parientes cercanos que son residentes legales de EE. UU.

✱ Puede demostrar que sus parientes legales estadounidenses han sufrido dificultades, que usted ha sufrido adversidades o que su empleador estadounidense ha sufrido dificultades debido a su deportación.

✱ Puede demostrar que se reformó o ha sido rehabilitado desde su deportación

✱Puede demostrar un tiempo de presencia legal en los EE. UU. Y documentación de inmigración mientras vive en los EE. UU. Legalmente

✱ Evidencia de comportamiento respetuoso de la ley y prueba de su naturaleza responsable hacia su familia o su intención de hacerlo

✱Elegibilidad para un I-212 por motivos de inadmisibilidad de su orden de exclusión 

✱ Evidencia de que aspira a ser un residente permanente legal de los EE. UU.

¿QUÉ FACTORES PUEDEN PERJUDICAR SU SOLICITUD I-212?

✱ Evidencia de bajo carácter moral, como tendencias criminales, condenas pasadas y un historial policial continuo de actividad criminal. 

✱ Un desacato a la ley o múltiples violaciones de la ley de inmigración de EE. UU.

✱ La probabilidad de que no pueda mantenerse y convertirse en una carga pública.

✱ Falta de dificultades comprobadas y falta de familiares que estén estrechamente relacionados con usted, que son ciudadanos estadounidenses legales 

✱ Un matrimonio ilegal con un residente legal de EE. UU. Para obtener inmigración a EE. UU.

✱ Ha estado trabajando ilegalmente en los EE. UU. 

✱ Tiene una falta de habilidades certificadas para asegurar un empleo en los EE. UU.

✱ tiene un historial de violar las leyes INA de los EE. UU. Y muestra una falta de mejora o evidencia de un comportamiento reformado

¿QUÉ EVIDENCIA PUEDE PRESENTAR PARA APOYAR SU SOLICITUD I-212?

  1. Declaraciones juradas de usted o de otras personas que estén respaldadas por evidencia, o una explicación detallada de por qué no puede mostrar esta evidencia.

  2. Prueba documentada de parientes cercanos que residen legalmente en los EE. UU.

  3. Su historial criminal de los países donde ha residido. Si tiene alguna condena, debe proporcionar todos los registros de los procedimientos judiciales de arrestos, cargos o condenas.

  4. Evidencia de rehabilitación

  5. Documentos que respalden el hecho de que su entrada a los EE. UU. No irá en contra de la seguridad de la nación o la seguridad de los ciudadanos de EE. UU.

  6. Informes médicos para demostrar un certificado de salud limpio o evaluaciones psiquiátricas

  7. Registros de empleo.

  8. Evidencia de que su familia, usted mismo u otros miembros del público sufrirán dificultades si no se le otorga acceso a los EE. UU.

  9. Documentos para respaldar el impacto de la separación familiar que causará su denegación de readmisión a los EE. UU.

  10. Documentos que demuestren las condiciones que usted y su familia tendrán que vivir si su exención fue denegada

  11. Puede proporcionar cualquier otra prueba relevante de por qué debería tener permiso para regresar a los Estados Unidos. 

¿QUÉ ES 212(A)(9)(A) DE LA INA?

La Sección 212 (a) (9) (A) es una sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) que se aplica a las personas que buscan ser admitidas en los EE. UU. Después de haber sido deportadas, expulsadas o excluidas de los EE. UU. La solicitud de exención I-212 permite que los extranjeros previamente removidos sean readmitidos en los EE. UU. Antes de que se complete su inadmisibilidad (exclusión).

La readmisión I-212 debe solicitarse desde el extranjero a menos que la persona no esté permitida según la sección 212 (a) (9) (A) y tenga una orden de deportación y aún se encuentre en los EE. UU. Estas personas pueden presentar su renuncia I-212 antes de salir de los EE. UU.

¿QUIÉN NO ES ADMISIBLE PARA EL I-212 BAJO LA SECCIÓN 212(A)(9)(A) DE LA INA?

  • Extraterrestres previamente eliminados:

  1. Bajo la sección 235 (b) (1) o bajo la sección 240, quien busca ser admitido dentro de los cinco años a partir de la fecha de expulsión (o 20 años debido a una segunda expulsión, o extranjeros condenados por un delito grave agravado).

  2. Otros extraterrestres que:

  • No se describen como los anteriores que:

  • Han sido removidos bajo la sección 240 u otra ley o

  • Salió de los EE. UU. Con una orden de deportación en vigor y buscó readmisión antes de que entre en vigencia la barra de 10 años (o 20 años si la deportación fue una segunda ofensa o el extranjero cometió un delito grave agravado).

¿QUÉ OBSTÁCULOS PARA EL REINGRESO A ESTADOS UNIDOS NO SE PUEDEN ANULAR?

Hay algunos casos en los que no se le permitirá la entrada a los Estados Unidos, incluso si presenta su formulario de exención I-212. Estas situaciones incluyen:

  • No estar presente en la audiencia legal de su deportación

  • Afirmar de manera fraudulenta que es un ciudadano estadounidense legal si es un extranjero ilegal

  • Si intenta reingresar a los EE. UU. Antes de que se cumpla su prohibición de diez o veinte años

  • Ha sido condenado por un delito grave agravado.

  • Has practicado la poligamia

  • Su solicitud de protección de EE. UU. Contra dificultades o abuso fue fraudulenta

  • Ha renunciado a su ciudadanía estadounidense para evitar pagar impuestos.

¿CÓMO FUNCIONA EL I-212 PARA AQUELLOS QUE TODAVÍA ESTÁN EN LOS ESTADOS UNIDOS?

Si la persona permanece en los EE. UU. A pesar de las órdenes de deportación, es culpable de violar la ley de inmigración y sufre sanciones legales. Pero si una persona está bajo una orden de deportación pero permanece en los EE. UU. Bajo la protección del TPS, puede solicitar un ajuste de estatus. Aquellos que tengan una orden de expulsión previa en vigor y se estén preparando para irse pueden solicitar un I-212 condicional antes de la iniciación de 212 (a) (9) (A).

¿CÓMO GANA UNA SOLICITUD DE EXENCIÓN I-212?

La aprobación de la exención I-212 queda totalmente a discreción de las autoridades de inmigración de los Estados Unidos. Por muy buena que sea su solicitud, el funcionario de inmigración no tiene la obligación de aprobar su solicitud de exención. Los aspectos más críticos que tomarán en consideración los funcionarios de inmigración son:

  1. El tiempo que ha pasado desde que fue deportado de los EE. UU. Con una mayor probabilidad de aprobación por períodos más largos desde la deportación.

  2. Su historial criminal tanto en los Estados Unidos como en cualquier otro país en el que pudiera haber tenido residencia

  3. Si tiene un historial de alguna actividad delictiva, sus posibilidades de aprobación serían mayores si tiene pruebas de que se ha rehabilitado en el transcurso del tiempo posterior.

  4. La cantidad de tiempo que ha estado viviendo en los Estados Unidos y la cantidad de ese tiempo que pasó como ciudadano legal.

  5. Si tiene conexiones familiares cercanas y responsabilidades con miembros de su familia que residen legalmente en los EE. UU.

  6. Debe asegurarse de presentar evidencia real de dificultades sustanciales a sus parientes cercanos, a usted mismo oa otros residentes de los EE. UU. En caso de que su exención sea denegada. Esta evidencia debería ser más que las simples dificultades de la separación.

  7. Puede demostrar que tiene habilidades certificadas o vocación que está en demanda en los Estados Unidos.

  8. Si sufre de pobreza y no puede demostrar una habilidad o medios viables para mantenerse, es posible que se le niegue la aprobación del I-212. Los funcionarios deben asegurarse de que no se convierta en un pupilo del estado debido a la pobreza extrema y la incapacidad de mantenerse a sí mismo una vez que se le otorgue el permiso para volver a ingresar a los Estados Unidos.

  9. Ha proporcionado evidencia de un buen carácter moral y respetuoso de la ley de su país de origen y sus tratos en los Estados Unidos. No debería haber ninguna duda de que daña la seguridad nacional o pone en peligro a los ciudadanos de los Estados Unidos.

  10. Proporciona alguna evidencia de que es probable que se le otorgue la residencia en los EE. UU. Una vez que se le otorgue su exención I-212.

  11. Tiene algún tipo de prueba de que no obtuvo un empleo ilegal mientras estuvo en los Estados Unidos.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBE PROPORCIONAR CON SU SOLICITUD I-212?

Asegúrese de que la documentación que proporcione tenga el formato legal adecuado para aumentar sus posibilidades de aprobación para su solicitud de exención. Siempre que sea posible, se debe proporcionar documentación de nacimiento certificada (no copias), y los testimonios de familiares y miembros de los EE. UU. Deben ser en forma de declaración jurada legal y notariada.

Un abogado de inmigración puede ayudarlo a proporcionar la legalidad necesaria a sus documentos de respaldo que lo ayudarán a recibir la aprobación del funcionario de inmigración. El tiempo de procesamiento del I-212 puede ser de varios meses y es posible que pierda un tiempo considerable al tener que volver a solicitar su I-212 debido a que la documentación y las declaraciones juradas no están suficientemente certificadas. A partir del 2 de octubre de 2020, las tarifas I-212 aumentan a $ 1,050, por lo que debe proporcionar la documentación más relevante y que cumpla con las leyes para garantizar su éxito.

Aunque esta puede no ser una lista exhaustiva de documentación, aquí hay una lista de la documentación principal que debe proporcionar con su solicitud I-212.

✱ Documentos para respaldar el hecho de que sus posibilidades son buenas para su solicitud de residencia si se aprueba su exención

✱ Declaraciones juradas de fuentes acreditadas que reflejen su buen carácter moral y brinden testimonio sobre las dificultades que su familia u otras personas podrían enfrentar si se le niega su renuncia.

✱ Prueba legalmente certificada de lazos familiares o matrimonio proporcionando certificados de nacimiento o certificados de matrimonio

✱ Documentación médica o evaluaciones psiquiátricas que puedan ayudar a su aprobación I-212

✱ Declaraciones financieras y documentos que demuestren el efecto que su denegación de reingreso puede causar a su familia o cónyuge

✱ Registros de su empleo tanto en su país de origen como en el trabajo legal dentro de los EE. UU.

✱ Certificaciones y calificaciones que demuestren que tiene habilidades / certificación adecuadas para trabajar en los EE. UU.

✱ Cualquier evidencia de su historial fiscal

✱ informes de las condiciones de su país de origen de los medios de comunicación de la vida insostenible en su domicilio de origen en caso de que se rechace su renuncia

✱ Proporcione evidencia certificada de un historial criminal claro en su país de origen y en los EE. UU. Si su historial no es claro, proporcione evidencia de que se ha rehabilitado (el tiempo transcurrido desde que su infracción puede demostrarlo).

¿CÓMO PUEDE UN ABOGADO DE INMIGRACIÓN AYUDAR CON SU SOLICITUD I-212?

Un abogado de inmigración con experiencia puede ayudar sustancialmente con su solicitud I-212 y garantizar un proceso de solicitud ágil y ágil. Los beneficios de contratar los servicios de un abogado de inmigración calificado son numerosos. Algunos de estos beneficios incluyen:

 ✓ Un abogado de inmigración calificado podría aconsejarle si es elegible para un I-212 y la mejor manera de proceder con su solicitud 

✓ Un abogado de inmigración puede asesorarle si el I-212 es viable para su reingreso a los EE. UU. Y si es admisible bajo la exención I-212. Su abogado puede aconsejarle si sus circunstancias son más adecuadas para una solicitud 1-601 o 1-610A. 

✓ Un abogado puede eludir la solicitud I-212 por lagunas legales como la 'salida voluntaria'

✓Un abogado de inmigración lo ayudará a crear la mejor solicitud posible para su I-212 para aprobar la aprobación de las autoridades de inmigración. Al comprender todos los matices de la estructura legal y el funcionamiento de la ley de inmigración, su abogado tiene un conocimiento profundo del proceso de solicitud.

✓ Su abogado puede ayudarlo a recopilar la documentación legal adecuada para respaldar su solicitud de exención

✓ Su abogado puede garantizar material de declaración jurada convincente y debidamente notariado para promover mejor su caso

✓ Su abogado creará un documento legal que establece los beneficios de la aprobación de su solicitud en términos legales para persuadir a los funcionarios de inmigración para que aprueben su presentación.

✓ Su representante legal puede responder a cualquier seguimiento de su proceso de solicitud I-212.

✓ Si se aprueba su I-212, su abogado puede ayudarlo con su solicitud de ciudadanía estadounidense para avanzar hacia su objetivo final de convertirse en residente legal estadounidense.

 ✓ Las leyes de inmigración en los EE. UU. Se encuentran en un estado de cambio constante debido a los cambios en el clima político. Su abogado está al día con los cambios en las leyes de inmigración y puede informarle sobre sus implicaciones en su solicitud.

CONCLUSIÓN

Cuando esté lidiando con las complejidades de la presencia ilegal en los EE. UU. Y haya tenido violaciones de inmigración anteriores, los servicios de un abogado especializado en el campo de la ley de inmigración le serán de gran utilidad. Las solicitudes I-212 son costosas y pueden tardar muchos meses en procesarse, por lo que debería intentar dar lo mejor de sí mismo cuando solicite su I-212.

Las circunstancias de cada solicitante son únicas y consultar con un abogado puede incluso brindarle una solución legal sin una solicitud I-212. La introducción de un abogado a las ventajas específicas de su caso que acompaña a su solicitud también puede ayudar a persuadir a los funcionarios de inmigración de los méritos de su caso individual. con la asistencia legal adecuada, estará un paso más cerca de lograr su sueño de vivir legalmente en los Estados Unidos.

Referencias